Según recuentos recientes, más de 70 municipios en España han implantado censos caninos basados en ADN, y buena parte de ellos ya sancionan a los dueños que no recogen las heces de sus animales gracias a estos registros.
En los últimos años, ir al veterinario a “sacarle el ADN” al perro se ha convertido en un trámite más en decenas de municipios españoles. No es una excentricidad: los ayuntamientos lo están utilizando como herramienta de limpieza urbana, salud pública y control del abandono animal.
A la vez, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y bienestar de los animales fija el marco general: La identificación obligatoria sigue siendo el microchip, pero deja margen a comunidades y ayuntamientos para añadir herramientas adicionales de control.
Qué es el ADN Canino y para qué sirve
La prueba de ADN que piden los ayuntamientos no es un “test de razas” de los que se venden por internet, sino una identificación genética con el fin de asociar un perfil genético único a cada perro y vincularlo a su microchip y a los datos del titular en un censo oficial.
El procedimiento está bastante estandarizado:
- El veterinario autorizado toma una muestra de saliva del perro con un hisopo bucal, de forma indolora.
- Esa muestra se envía a un laboratorio concertado por el ayuntamiento, que analiza varios marcadores genéticos (un “perfil genético” similar al de las pruebas forenses).
- El resultado se registra en una base de datos vinculada al microchip y al censo municipal o autonómico.
Cis como Málaga o Tres Cantos explican en sus webs oficiales que la toma de muestra se hace en clínicas veterinarias del municipio, mediante frotis de saliva, y que el perfil genético se incorpora a un registro específico de ADN canino gestionado por la administración local y la empresa adjudicataria del servicio.
Ese perfil permite a las autoridades identificar al animal cuando aparece una muestra biológica suya (por ejemplo, unas heces) en la vía pública.
Estudios recientes en España han detectado una alta presencia de parásitos en suelos y de parques , lo que respalda la importancia de reducir al máximo la presencia de excrementos en la vía pública.
Las heces de perro pueden contener parásitos intestinales capaces de transmitirse a las personas, como Toxocara canis o Ancylostoma, entre otros. El propio Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) describe Toxocara canis como un nematodo intestinal de los perros con potencial zoonótico, es decir, capaz de causar enfermedad en humanos.
El Ministerio de Sanidad, en trabajos publicados en su revista de salud pública, ha documentado que la contaminación de parques y jardines por formas parasitarias procedentes de heces de animales es un problema real que impacta de forma negativa en la salud, especialmente de la población infantil que juega en el suelo.
Además, estudios recientes en España han detectado una alta presencia de parásitos con potencial zoonósico en suelos y heces de parques caninos, lo que respalda la importancia de reducir al máximo la presencia de excrementos en la vía pública.
Los ayuntamientos que han implantado el ADN canino insisten en esta idea: Menos heces en la calle, menos riesgo de parásitos compartidos entre animales y personas y una ciudad más segura para niños y adultos.
Cuánto cuesta la prueba de ADN Canino y quién la paga
El coste del ADN canino se estructura en dos partes: La prueba inicial y el análisis de las muestras de heces que recoge el ayuntamiento.
En la práctica, la prueba obligatoria de ADN para inscribir al animal en el censo suele moverse en una horquilla de 30 a 40 euros, que paga el propietario del perro.
En Tres Cantos (Madrid), por ejemplo, el Ayuntamiento y las clínicas veterinarias autorizadas informan de un coste de 40 euros por perro, que incluye la toma de muestra y el alta en el registro, además de una chapa identificativa con código QR.
En paralelo, los consistorios financian el análisis de las heces recogidas en la vía pública, bien con medios propios o mediante contratos con laboratorios especializados. Málaga, por ejemplo, tiene adjudicado un contrato específico para el análisis del ADN a partir de excrementos caninos, que prevé el estudio de cientos de muestras al año.
El objetivo declarado es que las sanciones por incumplimiento compensen ese gasto público y, sobre todo, que el efecto disuasorio haga que cada vez haya menos necesidad de analizar muestras.
Multa por incumplir con la normativa de ADN Canino
En Alcalá de Henares, uno de los municipios que más ha desarrollado este sistema, el propio ayuntamiento informa de que ya se han tramitado cientos de multas por no recoger las heces o por no registrar el ADN del perro, con multas que van de los 300 a los 3.000 euros, según la gravedad de la infracción.
Otras cis sitúan sus sanciones en rangos similares, a menudo alineadas con las infracciones de las ordenanzas de limpieza viaria y tenencia responsable. Ayuntamientos como el de Xàtiva, por ejemplo, han informado de decenas de sanciones tras cruzar las muestras de heces con su censo canino.
En el caso concreto del ADN, las ordenanzas suelen contemplar dos tipos de incumplimiento:
- No haber inscrito al perro en el censo genético dentro del plazo marcado.
- No recoger los excrementos (o no limpiar convenientemente los orines) cuando el animal está en la vía pública y se puede identificar al responsable a partir de una muestra.
Más allá de la multa, los consistorios defienden que se trata de una herramienta para cambiar hábitos: el objetivo es que llegue un momento en el que apenas haya que sancionar porque las calles estén limpias.
Dónde es obligatorio el ADN Canino
En España no existe, a día de hoy, una norma estatal que obligue a sacar ADN a todos los perros del país. La Ley 7/2023 fija como identificación obligatoria el microchip para perros, gatos y hurones, pero no menciona el ADN; eso lo deciden las comunidades y, sobre todo, los ayuntamientos mediante sus ordenanzas.
Según el reportaje de Pipper , en estos municipios el censo genético ya está operativo y se utiliza para multar por no recoger las heces, además de otras finalidades de control y bienestar animal.
Andalucía
- Huelva: Aracena, Almonte, Bonares.
- Jaén: Valdepeñas de Jaén.
- Málaga: Málaga, Benalmádena, Rincón de la Victoria.
- Granada: Maracena.
- Almería: Huércal de Almería.
Aragón
- Zaragoza: Ejea de los Caballeros.
Illes Balears
- Ibiza: Santa Eulària des Riu.
Cataluña
- Barcelona: Balsareny, Caldes de Montbui, Callús, Hostalets de Pierola, Les Franqueses del Vallès, Montmeló, Navarcles, Parets del Vallès, Polinyà, Sant Fruitós de Bages, Sant Joan de Vilatorrada, Súria, Tordera, Vilanova del Camí, Arenys de Munt, Cornellà de Llobregat, Martorell.
- Girona: Campdevànol, Ribes de Freser, Sant Joan les Fonts.
- Lleida: La Seu d’Urgell.
Comunidad de Madrid
- Ajalvir
- Alcalá de Henares
- Meco
- Tres Cantos
- Collado Villalba
- Camarma de Esteruelas
(En Alcalá de Henares el propio ayuntamiento detalla que el censo por ADN es obligatorio desde el 1 de julio de 2023, con sanciones de hasta 3.000 € por no registrar o no recoger las heces).
En el caso concreto de Tres Cantos, en 2025 el ayuntamiento ya recuerda públicamente la obligatoriedad de registrar el ADN antes del 28 de febrero y anuncia sanciones a quien no lo haga, por lo que hoy puede considerarse plenamente implantado.
Comunitat Valenciana
Valencia:
Alboraya, Aielo de Malferit, Alaquàs, Albalat de la Ribera, Aldaia, Alfafar, Alfara del Patriarca, Almàssera, Almoines, Almussafes, Benetússer, Beniparrell, Burjassot, Càrcer, La Font d’en Carròs, Llocnou de la Corona, Manises, Massanassa, Miramar, Mislata, Palmera, Paterna, Quart de Poblet, Rafelbunyol, Rafelcofer, Sedaví, Sollana, Sumacàrcer, Utiel, Xàtiva, Xirivella, Albal, Alcàsser, Bonrepòs i Mirambell, Catarroja, Paiporta, Picanya, Picassent, Silla, Torrent, Vinalesa, Xeresa.
Castellón: Nules, La Llosa.






